domingo, 6 de mayo de 2007

Estatutos del COlectivo ATACATÁ

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COLECTIVO ATACATÁ

CAPITULO I
DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO:

Artículo 1. Con la denominación 1 COLECTIVO ATACATÁ se constituye
una ASOCIACION al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas
complementarias, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de
ánimo de lucro.

Artículo 2. Esta asociación se constituye por tiempo indefinido.

Artículo 3. La existencia de esta asociación tiene como fines:
1. Mejorar los niveles de inclusión social en barrios en cuya población existan colectivos en situación de exclusión social o con riesgos de padecerla: jóvenes e infancia, tercera edad, mujeres, colectivo gitano, colectivo inmigrante.
2. Cooperar con la administración, movimientos ciudadanos y otras organizaciones afines de ámbito local, nacional e internacional.
3. Fomentar la formación y participación en procesos educativos de integración, intervención y mediación sociocultural.
4. Conseguir recursos económicos, materiales y humanos para desarrollar las actividades a continuación expuestas.

1 comentario:

blogotromundoesposible dijo...

Casí ná... pero totalmente identificado en vuestros fines...

Bienvenidos a este mundo de la "conversación". Intentaré aportar mi grano de arena, tal y como me pide Alfonso. Por cierto, propongo que pongáis algo de música, seguro que es una selección recomendable de escuchar.

Ya os he sumado en al programa de lectura de titulares, asín que estaís fichados... jeje

Ánimo, estamos en línea.